RESOLUCIÓN N° 087-2021-UNHEVAL-CEU

RECTIFICAR, en parte, los siguientes términos que contiene la Resolución N° 066-2021-UNHEVAL-CEU, de fecha 6 de agosto de 2021, que declara improcedente la solicitud de nulidad de “la Resolución Nro. 63-2021-UNHEVAL-CEU, de fecha 6 de junio del 2021”, contenida en el Escrito Nro. 10, de fecha 7 de agosto del 2021, presentado por el Personero Legal de la Lista Nro. 2 “Renovación Universitaria Valdizana – RUV”; siendo:
– Rectificar el tercer párrafo de la parte considerativa, que dice: Renovación Universitaria Valdizana – TV, DEBIENDO DECIR: Renovación Universitaria Valdizana – RUV.

– Rectificar el numeral 1 de la parte resolutiva, que dice: 6 de junio de 2021, DEBIENDO DECIR: 6 de agosto de 2021.

DEJAR SUBSISTENTE todo lo demás que contiene la Resolución N° 066-2021-UNHEVAL-CEU, de fecha 6 de agosto de 2021; por lo expuesto en los considerandos de la presente Resolución.

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